Es préstamo lingüístico del inglés que trasciende en la opinión público entre 2010-2013, constituyéndose como un elemento jurídico pautado en el código penal en numerosos países, no obstante, su percepción remonta al propio inicio de Internet a fines del siglo XX, como una práctica dada por predadores de menores en el novedoso territorio digital, transformándose en un problema creciente en nuestra sociedad que forzó a que se tomaran medidadas desde el campo del Derecho. Países que lo incorporan y el respectivo año de sanción entiende por ejemplo a Costa Rica (2013), Argentina (2013), Chile (2011), España (2010) o Brasil (2008), por su parte México lo adopta recién en 2019 empujado por la Ley Olimpia.
La raíz responde al verbo to groom, que implica la idea de colocar a disposición, cuidar o preparar, abriendo espacio a la configuración del denominado social grooming, que denota las conductas de numerosas especies animales, en las cuales sus ejemplares acicalan, desparasitan, o contribuyen a la higiene y buen estado de sus congéneres para establecer lazos sociales y eventualmente retribuir los mismos favores.
Precisamente, el grooming online se basa en que el adulto se gana la confianza del menor para llevarlo a su terreno y, posteriormente, poder manipularlo. Este acercamiento se produce generalmente (probablemente en un 99% de los casos) con motivo sexual, para lograr posteriormente abusar del menor de alguna forma.
Mediante el lazo de confianza establecido, el adulto consigue datos personales del menor, como su número de teléfono, dirección, o confesiones sobre diversos temas. A medida que recaba las informaciones, ya sea mediante presión o ingeniería social, continúa buscando registros que impliquen una mayor intimidad, como por ejemplo fotografías comprometedoras. Al tener algo de naturaleza que puede avergonzar al menor y ponerlo en un aprieto con sus padres, se abre la posibilidad a un clima amenazante que se activa a partir del momento en que ya no se pueden conseguir nuevos datos voluntariamente.
De esta forma, el menor entra en una espiral: está suministrando informaciones y material a su extorsionador que le facilita a este último su tarea. La única salida es la denuncia, algo que nunca es fácil, dada la exposición que ello implica, potenciado por el miedo a la reacción de los padres.
Además, quienes practican el grooming tiene muchas veces la misma habilidad que los maltratadores: hacer creer a su víctima que la culpa es suya, y no de ellos. Librarse de esta creencia requiere inevitablemente la colaboración de los padres o de una figura profesional externa.
Para evitar el grooming, los padres deben ejercer el control de lo que los menores cuelgan en la red, y supervisar lo que hacen con sus amistades online. Existen herramientas para limitar y monitorizar la actividad de los más pequeños en Internet, y antes de discutir los derechos de los menores, como el de su intimidad, hay que tener en cuenta su seguridad, y que los adultos, al igual que les instruimos para mirar a lado y lado de la calle antes de pasar y les damos una reprimenda si no lo hacen, somos responsables de educarles sobre su seguridad en Internet.
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Referencia APA
Benjamin Veschi, 02/2019, en https://etimologia.com/grooming/